Edicto

La Oficina de Gestión Judicial de Familia de la Segunda Circunscripción Judicial de la Provincia de La Pampa, con asiento en calle 13 Nº 1653 de la ciudad de General Pico, Provincia de La Pampa, a cargo de la Dra. Alejandra Noemí CAMPOS, Jueza Nº 2, Unidad de Despacho Nº 1 a cargo del Dr. Sergio Hernán FREIGEDO, Secretario Sustituto, en autos caratulados: “TALEVI OSUNA GABRIEL ALEJANDRO c/OSUNA MIRIAM ESTHER Y OTRO s/IMPUGNACION Y FILIACION”, Expte. Nº 62278, cita mediante edictos a los presuntos herederos del Sr. Claudio Andres TALEVI (D.N.I. Nº 23.025.514) para que en el plazo de diez días más la ampliación que por ley les corresponda (art. 150 y 324 del CPCC), a partir de la última publicación, comparezcan, conteste demanda, oponga excepciones y constituya domicilio especial, bajo apercibimiento de designar a la Defensora General de Ausentes para continuar el juicio (arts. 137, 138 y  139 del C. Procesal). Se hace saber que dada la naturaleza del proceso y considerando que la parte actora se presenta mediante la Defensoría Pública, la publicación corresponde solicitarse con carácter gratuito, en respeto al principio de gratuidad y acceso a la justicia que rigen en procesos de familia para las personas que acceden a la Defensoría Pública. La resolución que ordena el presente, dice: “//neral Pico, 2 de marzo de 2026. Proveyendo a la actuación Nº 4008294: Atento a lo solicitado, amplíese la orden de publicación de edictos para la citación de presuntos herederos del Sr. Claudio Andrés TALEVI, que se publicarán por una vez en el boletín oficial y por tres veces en un diario de mayor circulación de la localidad de Gerli, Partido de Avellaneda, Provincia de Buenos Aires, para que en el plazo de diez días más la ampliación que por ley les corresponda (art. 150 y 324 del CPCC), a partir de la última publicación, comparezcan, conteste demanda, oponga excepciones y constituya domicilio especial, bajo apercibimiento de designar a la Defensora General de Ausentes para continuar el juicio (arts. 137, 138 y 139 del C. Procesal). Se hace saber que dada la naturaleza del proceso y considerando que la parte actora se presenta mediante la Defensoría Pública, la publicación corresponde solicitarse con carácter gratuito, en respeto al principio de gratuidad y acceso a la justicia que rigen en procesos de familia para las personas que acceden a la Defensoría Pública. Firmado Alejandra Noemí CAMPOS, Jueza de Familia, Niñas, Niños y Adolescentes Nº 2”.

Personal interviniente: Manuela ROSALES, Defensora Civil del Ministerio Público de la Defensa de La Pampa, con domicilio constituido en calle 36 Nº 291 de la ciudad de General Pico, Provincia de La Pampa, Secretaría, 09 de marzo de 2026. Sergio Hernán FREIGEDO, Secretario sustituto.